Tránsito y Servicios
El gran cambio que afrontarán las estaciones de servicio de la Argentina
Las bocas de expendio deberán informar el porcentaje de participación de los biocombustibles en sus respectivas mezclas.
A partir de hoy, las estaciones de servicio están obligadas a informar el porcentaje de participación de los biocombustibles en sus respectivas mezclas. Deben hacerlo a través de una leyenda ubicada en las bocas de expendio de nafta y gasoil.
Lo dispuso la Secretaría de Energía mediante la Resolución 553/2023 publicada en el Boletín Oficial. La misma indica:
“Los surtidores de naftas y de gasoil de todas las bocas de expendio que operen en el país deberán exhibir en forma perfectamente visible una leyenda con la indicación del número o índice de octano, y del contenido máximo de azufre, respectivamente, o la clase a la cual pertenecen los productos que aquellos despachan, como así también indicar el porcentaje legal vigente de participación de los biocombustibles en las respectivas mezclas”.
La autoridad competente se encargará de realizar controles aleatorios de muestras de combustibles para corroborar el cumplimiento de la nueva obligación.