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El uso de monopatines eléctricos ya está regulado

Se prohíbe el uso a menores de 16 años, se deberá utilizar casco, chaleco reflectante y un máximo de velocidad de circulación de 30 km/h.
El uso de monopatines eléctricos ya está regulado
El uso de monopatines eléctricos ya está regulado

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dictó una disposición que regula el uso de Vehículos para la Movilidad Personal (VMP), como los monopatines y patinetas eléctricas, y a partir de ahora los usuarios no podrán ser menores de 16 años, deberán utilizar casco, chaleco reflectante y circular por calles, avenidas y zonas del entramado urbano hasta 30 km/h.

La micromovilidad llegó para quedarse, está entre nosotros, eso ya es evidente. Por eso, el Estado Nacional, con esta nueva normativa, busca brindar una regulación que funcione como paraguas para el resto de las provincias; ya que hasta ahora la única ciudad que contaba con una legislación vigente era la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, explicó Axel Dell´olio, presidente de la Asociación para la Disminución de Siniestros Viales (ADISIV) que en lo que va del año realizó dos jornadas en formato online para analizar la incorporación de estos vehiculos en el tránsito.

El monopatín eléctrico está contemplado para realizar el último tramo. Es un medio de transporte ágil, práctico y económico; totalmente combinable con el subte, tren o colectivo. Eso explica fácilmente el aumento tan vertiginoso de su demanda”, aseguró Dell´olio y agregó que “nuestro trabajo consiste en dar pautas para generar usuarios responsables y seguros”. 

Por su parte, Sebastián KelmanDirector del Centro de Formación en Políticas de Seguridad Vial de la ANSV, en la Segunda Jornada sobre Micromovilidad llevada a cabo en octubre, manifestó: “La movilidad sustentable lo que nos plantea es transformar el espacio público en entornos incluyentes y accesibles, donde la convivencia y cohesión social tienen un rol fundamental. Hoy ponemos al individuo en un lugar central y ese es el desafío que tenemos para los tiempos que corren. La micromovilidad hoy está vista con interés, porque estimula una nueva manera de transitar y plantea otras formas de movernos. Por eso, las nuevas necesidades de la sociedad requieren de la creación de políticas públicas relacionadas con la construcción de un modelo de movilidad inclusivo y sustentable”.

Sobre el marco regulatorio, la normativa expresa que será considerado un usuario de VMP toda persona que utilice el vehículo en ocasión de su circulación y por ende responsable del mismo. Sólo podrán ser conducidos por personas mayores de 16 años y deberán utilizar cascos de protección, que cumplan con las exigencias como para el uso de bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y que cuenten con la certificación correspondiente. Además, deberán usar chaleco de seguridad de alta visibilidad que cuenten con la certificación correspondiente y no podrán llevar acompañantes.

En cuanto a los VMP deberán contar con sistema de freno, sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja, sistema de alerta sonora (bocina) y sistema de limitación de velocidad que fije la velocidad máxima de circulación en 30 km/h.

Los monopatines eléctricos podrán circular por calles, avenidas y zonas del entramado urbano que autorice la autoridad jurisdiccional competente, a excepción de las expresamente prohibidas por el presente. No podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas cualquiera sea su jurisdicción. Además, se le podrá exigir que el conductor posea un seguro de responsabilidad civil.

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